• Inicio
  • Quénes somos
    • Presentación
    • Comité Científico
    • Quién fue Maria Wolff
    • Entidades colaboradoras
  • Programas formativos
    • NUESTRA OFERTA FORMATIVA
    • Terapia de Estimulación Emocional T2E®
    • Cuidados Emocionales C2E®
    • Mariposas®
    • CHROME® para médicos
    • CHROME® para no-médicos
    • Cuidados sin Sujeciones Físicas
    • Manejo de los SCPD
    • Terapias No Farmacológicas TNFs
    • Acreditaciones
  • Publicaciones Científicas
  • Blog
  • Actualidad
    • Noticias
    • Prensa
  • Contacto
  • .
  • .
    • Login
Maria Wolff
  • Inicio
  • Quénes somos
    • Presentación
    • Comité Científico
    • Quién fue Maria Wolff
    • Entidades colaboradoras
  • Programas formativos
    • NUESTRA OFERTA FORMATIVA
    • Terapia de Estimulación Emocional T2E®
    • Cuidados Emocionales C2E®
    • Mariposas®
    • CHROME® para médicos
    • CHROME® para no-médicos
    • Cuidados sin Sujeciones Físicas
    • Manejo de los SCPD
    • Terapias No Farmacológicas TNFs
    • Acreditaciones
  • Publicaciones Científicas
  • Blog
  • Actualidad
    • Noticias
    • Prensa
  • Contacto
  • .
  • .
    • Login

El Blog de Maria Wolff

Portada » Blog » El uso de sujeciones desde el punto de vista jurídico

El uso de sujeciones desde el punto de vista jurídico

  • Categorías El Blog de Maria Wolff
  • Fecha 13 de enero de 2015
  • Compartir:

El uso de sujeciones físicas, además de producir efectos negativos en la salud de las personas, puede vulnerar sus derechos fundamentales.


El uso de sujeciones físicas es solamente admisible, desde el punto de vista jurídico, cuando se usan de forma excepcional para un uso estrictamente terapéutico en supuestos en que no existan otras alternativas o hayan resultado ineficaces, o cuando exista un peligro inminente y grave para la persona o terceros, en circunstancias de urgencia y necesidad. Fuera de estos supuestos, su uso no es constitucionalmente admisible.

Sin embargo, actualmente, todavía se usan en el 75% de los casos para prevenir caídas y no para fines terapéuticos, sino en beneficio de la organización y no de la propia persona.

El uso de sujeciones físicas conlleva una limitación de derechos fundamentales, protegidos con las máximas garantías en la Constitución. Esto supone que las sujeciones deben cumplir con los principios que exige el Tribunal Constitucional para poder limitar derechos fundamentales tales como el principio de necesidad, de proporcionalidad, y respeto a la dignidad de la persona.

Por otra parte, los fármacos psicotrópicos que se usan para anular la voluntad de la persona y no como parte de un tratamiento terapéutico y temporal, son considerados como sujeciones químicas. Los fármacos psicotrópicos que tengan efectos negativos relevantes y significativos para la salud de las personas necesitan consentimiento informado para su prescripción. Es necesario cumplir de forma estricta la legislación sobre el uso de estos fármacos, pues se está evidenciando ya el abuso que se comete en su prescripción, utilizándolos en muchos casos, para conveniencia de la organización.

Pilar García García

Jurista

Etiqueta:alzheimer, constitución, demencias, derechos, personas, Pilar García, sujeciones físicas, tribunal constitucional

  • Compartir:

ABOUT INSTRUCTOR

    Maria Wolff

    Publicación anterior

    CEAFA y Fundación Maria Wolff impulsan el Modelo de Cuidado de Demencias sin Sujeciones en las residencias
    13 de enero de 2015

    Siguiente publicación

    María Wolff participa en la jornada de oferta formativa de ACRA
    6 de febrero de 2015

    También te puede interesar

    istockphoto-941491560-170667a
    Terapia de Estimulación Emocional T2E® | El camino del terapeuta
    20 diciembre, 2021
    910084c4eb3461ee8947cd42bdd4b146_XL
    Intervención centrada en el Cuidador, comparada con la intervención Cuidador+Paciente
    2 abril, 2021
    5d9bd784bfd234610bf8ba15e7ad6a4e_XL
    Terapias No Farmacológicas (TNFs) para tratar los Síntomas Psicológicos y Conductuales de la Demencia (SPCD). Una revisión de revisiones.
    8 marzo, 2021

    Buscar

    CURSOS ONLINE

    • Criterios CHROME® para médicos 350,00€ Comprar curso
    • Curso T2E® 690,00€ Comprar curso

    ACTUALIDAD

    • Actualidad
    • Noticias
    • Prensa
    • Sin categoría

    ETIQUETAS

    alzheimer atención centrada en la persona CEAFA centros libres de sujeciones Criterios CHROME cuidados sin sujeciones demencia demencias estimulación cognitiva Estimulación emocional estimulación motora estudio Estudio sujeciones evitar sujeciones químicas formación Fundación Maria Wolff gerontología IMSERSO Javier Olazarán jornadas maria wolff mayores noticia psicofármacos Reducción Sujeciones físicas en residencias residencias Residencias de mayores residencias libres de sujeciones residencias sin sujeciones Ruben Muñiz sanitas Sanitas Residencial sujeciones Sujeciones farmacológicas sujeciones físicas Sujeciones mecánicas sujeciones químicas Sujeciones Residencias t2e T2E® terapia de estimulación emocional terapias no farmacológicas tercera edad TNF TNFs
    Ezequiel Solana, 75. 28017 Madrid
    Lunes a viernes: 09:00 h – 18:00 h
    (+34) 911 23 97 23

    Programas para profesionales

    • Criterios CHROME® para médicos
    • Terapia de Estimulación Emocional T2E®

    Programas para entidades y grupos

    • Cuidados Emocionales C2E®
    • Criterios CHROME® para no-médicos
    • Manejo de los SCPD
    • Mariposas®
    • Cuidados sin Sujeciones Físicas
    • Terapias No Farmacológicas TNFs

    Actualidad

    • Noticias
    • Prensa

    Blog

    • El Blog de Maria Wolff

    © Copyright 2021 Fundación Maria Wolff Política de privacidad.

    Inicie sesión con su cuenta de sitio

    ¿Perdiste tu contraseña?